Guía de impuestos que paga un autónomo y gastos fijos

Emprender como autónomo es un camino lleno de responsabilidades. Entre ellas, comprender los impuestos que deben pagar es esencial para evitar sorpresas y gestionar su negocio con tranquilidad

En esta guía le explicaremos, de forma clara y práctica, cuáles son las principales obligaciones fiscales y gastos fijos que deberá afrontar como trabajador por cuenta propia. 

Y si lo que busca es dedicar su tiempo a su negocio mientras expertos se ocupan de la parte fiscal, en Asesoría Lamas estamos para acompañarle y facilitarle cada paso del proceso.

¿Qué impuestos le corresponde pagar a un autónomo?

Ser autónomo conlleva diversas responsabilidades fiscales que es importante conocer desde el inicio. Cumplir con estas obligaciones no solo le evitará sanciones, sino que le permitirá llevar una gestión financiera más ordenada y enfocarse en su actividad profesional.

Como trabajador por cuenta propia, deberá gestionar y pagar tres impuestos principales:

  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): Grava los beneficios obtenidos por su actividad profesional. Se paga de forma trimestral a través del Modelo 130 o mediante retenciones aplicadas en sus facturas.
  • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): Es un impuesto indirecto que debe incluir en sus facturas y declarar trimestralmente mediante el Modelo 303. Aunque lo paguen sus clientes, usted hace de intermediario entre ellos y Hacienda.
  • Cuota de autónomos a la Seguridad Social: Permite acceder a prestaciones como la jubilación, bajas médicas o cese de actividad. Se abona mensualmente y, desde hace unos años, se calcula según sus ingresos reales.

¿Cuánto paga de IRPF un autónomo?

El IRPF es una de las principales obligaciones fiscales que afrontan los autónomos. Este impuesto grava los beneficios obtenidos por su actividad profesional y se liquida de dos maneras:

  • Modelo 130: Presentación trimestral para quienes no aplican retenciones en sus facturas.
  • Modelo 111: Si trabaja principalmente con empresas u otros autónomos que actúan como retenedores.

¿Qué porcentaje corresponde?

El porcentaje de IRPF a pagar depende de su antigüedad como autónomo y de la normativa vigente:

  • 7 %: Para nuevos autónomos durante el año de alta y los dos siguientes, siempre que no hayan estado dados de alta en el régimen de autónomos en los 12 meses previos.
  • 15 %: Tipo general aplicable tras el periodo inicial.

Hablemos sobre el IVA siendo autónomo

El IVA es un impuesto indirecto que recae sobre los consumidores, pero como autónomo, usted actúa como intermediario: debe cobrarlo a sus clientes e ingresarlo a Hacienda. 

La declaración y pago se realizan trimestralmente mediante el Modelo 303.

Tipos de IVA:

  • 21 %: Tipo general (aplicable a la mayoría de bienes y servicios).
  • 10 %: Tipo reducido (hostelería, transporte, y algunos alimentos).
  • 4 %: Tipo superreducido (productos básicos como pan, leche y medicamentos).

¿Cómo se calcula el IVA?

Para determinar cuánto debe ingresar a Hacienda, debe restar el IVA soportado (el que paga en sus compras) al IVA repercutido (el que cobra a sus clientes).

Ejemplo práctico:

 Supongamos que este trimestre ha emitido una factura por 2.000 € + IVA (21 %):

  • IVA repercutido: 2.000 € × 21 % = 420 €

Ha realizado compras relacionadas con su actividad por 200 € + IVA (42 €):

  • IVA soportado: 42 €

IVA a ingresar: 420 € (repercutido) – 42 € (soportado) = 378 €

¿Cuándo se paga la cuota de autónomos y cuánto cuesta?

La cuota de autónomos se abona mensualmente y desde 2023 se basa en los ingresos reales declarados.

Importes 2024 (Base mínima):

  • Tramo 1 (≤ 670 €): 230 €
  • Tramo 6 (2.030 – 2.330 €): 475 €
  • Tramo 12 (> 6.000 €): 590 €

Puede ajustar la base de cotización hasta seis veces al año.

Tarifa plana:

  •  80 € al mes durante el primer año para nuevos autónomos.
  • Segundo año prorrogable si los ingresos no superan el SMI.

¿Cuáles son los gastos fijos que debe considerar un autónomo?

Además de los impuestos, un autónomo debe afrontar diversos gastos fijos:

  • Gestoría/asesoría: 50 – 100 €/mes.
  • Suministros (luz, agua, Internet): 60 – 150 €/mes.
  • Dominio y hosting web: 10 – 20 €/mes.
  • Comisiones bancarias: 30 – 45 €/año.
  • Seguros (responsabilidad civil): Desde 100 €/año.
  • Herramientas y software: 20 – 50 €/mes.

Qué coste tiene hacerse autónomo por primera vez

Darse de alta en Hacienda y Seguridad Social es gratuito, pero debe considerar:

  • Tarifa plana: 80 €/mes.
  • Costes de gestoría: Desde 50 €/mes.
  • Herramientas y materiales: Variables según actividad.

¿Cómo calcular impuestos como autónomo?

Para un cálculo aproximado de sus impuestos:

  1. Calcule ingresos netos: Ingresos – gastos deducibles.
  2. Aplique IRPF: 7 % o 15 % sobre beneficios.
  3. Calcule IVA: IVA repercutido – IVA soportado.
  4. Sume la cuota de autónomos: Según su tramo.

Últimos consejos para mantener sus impuestos al día

Gestionar un negocio como autónomo implica muchos retos, y uno de los más importantes es entender y cumplir con las obligaciones fiscales

El IRPF, el IVA y la cuota de autónomos pueden parecer complejos, especialmente cuando lo que realmente desea es centrarse en hacer crecer su negocio. 

Por eso, contar con un aliado de confianza puede marcar la diferencia. En Asesoría Lamas, nos encargamos de que sus impuestos estén al día, brindándole tranquilidad y ahorrándole tiempo.

Preguntas frecuentes

¿Qué modelos debe presentar un autónomo?
  • Modelo 130: IRPF trimestral.
  • Modelo 303: IVA trimestral.
  • Modelo 390: Resumen anual de IVA.
  • Modelo 100: Declaración de la renta.

Si no presenta sus declaraciones en los plazos establecidos, podría enfrentarse a recargos que van desde el 1 % hasta el 20 % del importe a pagar, además de posibles sanciones adicionales según la gravedad del incumplimiento.

Sí. Puede deducir gastos relacionados con su actividad, como suministros, material de trabajo, alquiler de oficina, formación y ciertos gastos de vehículo si están justificados y afectan directamente a su negocio.

Si el IVA soportado (el que paga en sus compras) supera al IVA repercutido (el que cobra), podrá compensarlo en declaraciones futuras o solicitar su devolución en la declaración anual mediante el Modelo 390.

Debe presentar todas las declaraciones fiscales pendientes hasta la fecha de baja. Si ha disfrutado de bonificaciones como la tarifa plana y no cumple los requisitos de permanencia mínima, podría tener que devolver parte de esos beneficios.