El autónomo colaborador es una figura poco conocida dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), pero habitual para muchos negocios familiares en España.
En Asesoría Lamas le ofrecemos la información sobre este tema, para que conozca qué es un autónomo colaborador, cómo funciona y qué ventajas y desventajas tiene.
Definición de autónomo colaborador
Un autónomo colaborador es un familiar directo de un trabajador autónomo que trabaja con él de manera habitual y se da de alta en la Seguridad Social.
En estos casos, el colaborador no tiene una relación laboral típica, sino que forma parte del negocio familiar. Por ese motivo se diferencia de un trabajador autónomo.
¿Quién puede ser autónomo colaborador?
Para ser considerado autónomo colaborador, se deben cumplir ciertos requisitos establecidos por la Seguridad Social:
- Ser familiar directo del autónomo titular (ya sea cónyuge, hijos, padres, hermanos o familiares hasta el segundo grado de consanguinidad).
- Trabajar en el negocio de forma habitual, no de manera esporádica.
- No estar dado de alta como trabajador por cuenta ajena en otra empresa.
- Convivir con el autónomo titular o depender económicamente de él.
Esto significa que no cualquier persona puede ser autónomo colaborador; sin una relación de parentesco no se puede acceder a esta figura legal.
Diferencia entre autónomo y empresario
Es común confundir las figuras de autónomo y empresario. Aunque ambos pueden tener un negocio propio, existen algunas diferencias significativas.
El autónomo es una persona física que desarrolla una actividad económica sin necesidad de constituir una empresa. Puede contratar empleados, pero sigue respondiendo con su patrimonio personal.
El empresario, en cambio, puede ser una persona física o jurídica que, además de dirigir el negocio, puede establecer sociedades (SL, SA) y así separar su patrimonio personal del empresarial.
En el caso del autónomo colaborador, este no es un empresario ni un autónomo convencional, sino una figura intermedia dentro del entorno familiar.
Ventajas de ser autónomo colaborador
Algunos ciudadanos, especialmente aquellos que forman parte de una empresa familiar, encuentran en la figura del autónomo colaborador una opción con múltiples beneficios:
Bonificaciones en la cuota de la Seguridad Social
Uno de los mayores incentivos para registrarse como autónomo colaborador es la reducción en las cuotas de la Seguridad Social.
- Durante los primeros dieciocho meses, el autónomo colaborador puede beneficiarse de una bonificación del cincuenta por ciento en su cuota de cotización.
- A partir del mes diecinueve y hasta el veinticuatro, la bonificación se reduce al veinticinco por ciento.
Esta reducción en los costos iniciales supone un ahorro significativo y facilita la integración en el negocio familiar sin generar una carga económica excesiva. En comparación, un autónomo independiente debe pagar la tarifa plana o asumir la cuota completa desde el primer momento.
Menos obligaciones fiscales
El autónomo colaborador se libera de ciertas gestiones fiscales que sí afectan a los autónomos tradicionales.
- No tiene que presentar declaraciones trimestrales de IVA ni IRPF.
- No necesita emitir facturas ni llevar una contabilidad independiente, ya que no se considera un empresario autónomo individual.
Mayor protección social
A pesar de las diferencias con un autónomo convencional, el autónomo colaborador disfruta de las mismas prestaciones que cualquier trabajador del RETA. Por ejemplo, acceder a la baja por accidentes o enfermedad. También el derecho a la jubilación el cual cotiza para su futura pensión bajo el régimen de autónomos.
Además, si el negocio familiar cierra o se disuelve, el autónomo colaborador puede acceder a una prestación similar al paro de los trabajadores por cuenta ajena, siempre que haya cotizado para ello.
Esta cobertura lo diferencia de un trabajador informal en el negocio familiar, asegurándole derechos laborales y de seguridad social.
Seguridad y estabilidad en el empleo
Trabajar dentro del entorno familiar ofrece una serie de ventajas que un autónomo independiente no siempre tiene:
- Menos incertidumbre financiera.
- Mayor flexibilidad en horarios y condiciones.
- Continuidad en el negocio, de generación en generación.
Sin riesgo de impugnación por contrato laboral fraudulento
En algunos casos, contratar a un familiar como empleado por cuenta ajena puede ser cuestionado por la Seguridad Social, que podría considerarlo un fraude si no encuentra relación.
El régimen de autónomo colaborador evita este problema, ya que el familiar no tiene un contrato laboral tradicional, sino que se integra en el negocio de manera regular sin la necesidad de justificar una relación laboral convencional.
Desventajas de ser autónomo colaborador
Esta categoría también encuentra sus desventajas. Algunas de ellas son:
- No se puede acceder a la tarifa plana de autónomos: no existe la opción de pagar ochenta euros al mes durante el primer año.
- No puede deducir gastos.
- Dependencia económica del autónomo titular: si el negocio del titular no es estable, el autónomo colaborador también se ve afectado.
¿Qué pasa si un autónomo colaborador quiere trabajar por cuenta ajena y propia?
Un autónomo colaborador no puede estar contratado por una empresa mientras mantiene su alta en este régimen. Sin embargo, si decide trabajar por cuenta ajena en otro negocio, deberá darse de baja como autónomo colaborador y registrarse bajo el régimen general.
Por otro lado, si desea iniciar su propio negocio, deberá registrarse como autónomo convencional y cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes.
Consulte con expertos
El autónomo colaborador es una opción propicia para quienes trabajan en un negocio familiar, pero no quieren enfrentarse a todas las obligaciones fiscales de un autónomo independiente.
En Asesoría Lamas ofrecemos un asesoramiento integral para quienes deseen agregar un autónomo colaborador a su negocio familiar.
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Preguntas frecuentes sobre autónomo colaborador
¿Qué es un autónomo colaborador?
Un autónomo colaborador es un familiar directo de un trabajador autónomo que trabaja de manera habitual en su negocio y está dado de alta en la Seguridad Social bajo este régimen especial.
¿Puede un autónomo colaborador emprender su propio negocio?
Sí, pero en ese caso debe registrarse como autónomo convencional y asumir las obligaciones fiscales correspondientes.
¿Tiene derecho un autónomo colaborador a prestación por cese de actividad?
Sí, siempre que haya cotizado para ello, puede acceder a una prestación similar al desempleo si el negocio familiar cierra.